“Declaración informativa de empresas manufactureras, maquiladoras y servicios de exportación”

El próximo 30 de junio de 2020 vence el plazo, para aquellos contribuyentes que llevaron a cabo operaciones de maquila a las que se refiere el artículo 181 LISR durante el ejercicio 2019.

Dichas empresas tienen la obligación de presentar la “Declaración Informativa de Operaciones de Maquila y de Servicios de Exportación” (DIEMSE) a efectos de cumplir con lo dispuesto en los artículos 182 de la LISR y así evitar que el residente en el extranjero genere un “establecimiento permanente” derivado de la relación económica entre ambas naciones.

Lo anterior deberá ser apegado al procedimiento señalado en la “Resolución Miscelánea Fiscal para 2019” en la regla 2.8.9.3 y se presenta por medio del portal de SAT en la sección de Tramites.

Sin mas quedamos a sus ordenes para cualquier duda o comentario con la presente.

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