“EXTENSION DE SUSPENSION A LAS ACTIVIDADES NO ESENCIALES”

El 21 de abril entra en vigencia la extension de la Jornada Nacional  Sana Distancia.

Recordemos que mediante el decreto publicado el 27 de marzo de 2020 en el Diario Oficial de la Federación, el Titular del Poder Ejecutivo Federal, declaró diversas acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general, para combatir la enfermedad grave de atención prioritaria generada por el virus COVID-19;

Entre las cuales se destaco la suspensión de actividades no esenciales hasta el 30 de abril, sin embargo, dado que la emergencia va en aumento se modifico tal acuerdo extendiendo el plazo al 30 de mayo del 2020 esto con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV2 en la comunidad, para disminuir la carga de enfermedad, sus complicaciones y la muerte por COVID-19 en la población residente en el territorio nacional;

Por lo tanto si la empresa se encuentra fuera de las actividades esenciales se corre el riesgo que sea suspendida por lo tanto es recomendable acatar las indicaciones de la secretaria de salud y suspender las operaciones hasta el 30 de mayo.

Sin mas quedamos a sus ordenes.

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