Dictamen Fiscal 2019 – Prórroga para su presentación.

En dias pasados se  establece una prorroga para la presentación del dictamen fiscal 2019 al día 31 de agosto del 2020.

Se establece que en caso de dictámenes en que se determinen diferencias de impuesto a pagar, estos deberán estar cubiertos a más tardar el día 15 de julio de 2020, y deberá quedar reflejado en el anexo de “Relación de contribuciones por pagar”. De lo contrario, Si no se pagan las diferencias a esa fecha, se considerará que no se ejerció la opción de la prórroga y, en consecuencia, el dictamen presentado se considerará extemporáneo.

Sin mas quedamos a sus ordenes para cualquier duda o aclaración.

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