¿Tienes conocimiento de realizar una actividad vulnerable para el lavado de dinero?

En la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, o mejor conocida como “Ley Anti lavado” son sujetos de ciertas obligaciones quienes realicen alguna de las siguientes actividades:

• Las vinculadas a las prácticas de juegos y sorteos.
• La emisión y comercialización habitual de tarjetas de servicio y crédito.
• La emisión y comercialización habitual de tarjetas de prepago y cupones.
• La emisión y comercialización habitual de cheques de viajero.
• Ofrecimiento habitual y profesional de operaciones de mutuo o préstamo.
• La prestación habitual o profesional de servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles o de intermediación en la transmisión de la propiedad o constitución de derechos sobre dichos bienes, en los que se involucren operaciones de compra o venta.
• Prestación habitual o profesional de servicios de blindaje de vehículos así como de inmuebles.
• La comercialización o intermediación habitual o profesional de metales preciosos, piedras preciosas, joyas o relojes.
• La subasta o comercialización habitual o profesional de obras de arte.
• La comercialización o distribución habitual o profesional de vehículos nuevos o usados.
• Servicios de traslado o custodia de dinero o valores.
• La recepción de donativos, por parte de asociaciones y sociedades sin fines de lucro.
• Constitución de derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles.(arrendamiento)
• Prestación de servicios de comercio exterior como agente aduanal.
• Prestación de servicios profesionales independientes: La compra y/o venta de bienes inmuebles o la cesión de derechos sobre estos; la administración y manejo de recursos, valores o cualquier otro activo de sus clientes; el manejo de cuentas bancarias, de ahorro o de valores; la organización de aportaciones de capital o cualquier otro tipo de recursos para la constitución, operación y administración de sociedades mercantiles; la constitución, escisión, fusión, operación y administración de personas morales o vehículos corporativos, incluido el fideicomiso y la compra o venta de entidades mercantiles.

¿ Cuales son tus obligaciones?
Las obligaciones de las personas físicas y morales que realizan estas actividades, son las siguientes: Identificar y conocer a los clientes y usuarios con quienes realicen actividades vulnerables.
1. Alta en el portal de prevención de lavado de dinero.
2. Identificar a clientes y usuarios que rebasen los limites estipulados en la ley por operación realizada.
3. Proteger y evitar la destrucción u ocultamiento de la información que sirva de soporte a la actividad vulnerable.
4. Designar ante la UIF a un representante encargado del cumplimiento de las obligaciones.
5. Brindar las facilidades necesarias para que se lleven a cabo las visitas de verificaciones.
6. Presentar los avisos ante la UIF en los tiempos y bajo la forma prevista en la ley.
7. Abstenerse de realizar cualquier acto u operación tipificada como actividad vulnerable, cuando sus clientes o usuarios se nieguen a proporcionar información o documentación relacionada con su identificación y su conocimiento del mismo.

¿Que sanciones están estipuladas?
Dentro de las sanciones económicas más destacadas por su incumplimiento, podemos destacar:
Sanción de 200 y hasta 2,000 UMAS vigente en el caso de:

• No implementar una política de identificación y conocimiento del cliente.
• No guardar y proteger la información de soporte de la actividad vulnerable.
• No respetar los plazos y formas de presentación de los avisos.

Sanción de 10,000 y hasta 65,000 UMAS vigente en el caso de:

• La omisión de la presentación de avisos.
• La participación en actos u operaciones prohibidos en términos de uso de efectivo.

Sin mas estamos a sus ordenes para cualquier duda o comentario.

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