“PAGO DE DERECHOS POR EL REGISTRO EN EL ESQUEMA DE CERTIFICACION DE EMPRESAS”

El pasado 02 de septiembre, la Asociación de empresas maquiladoras y manufactureras de exportación se reunió con funcionarios del SAT, en donde se solicitó que confirmaran un criterio referente a la caducidad de más de 5 años transcurridos del pago de derechos para certificación de IVA y IEPS.

Este ejemplo consiste en que no estarían obligados a realizar tal pago, las empresas que obtuvieron su certificación en enero de 2015 por haber caducado la facultad de cobro. Dicho criterio fue confirmado por la autoridad.

En caso de estar en este supuesto, el contribuyente tendría que enviar a los correos electrónicos: pagos.ivaieps@sat.gob.mx y certificación.iva.ieps@sat.gob.mx un escrito libre en el que especifique que no se hace el pago que corresponde al ejercicio 2015 por haber transcurrido los 5 años.

Si se recibió requerimiento por parte de Hacienda, se deberá contestar y manifestarse si está dentro del supuesto de caducidad y en su caso anexar los comprobantes de pago de los periodos correspondientes.

Sin más por el momento, quedamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario.

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