IVA al 8% Régimen Fronterizo

Con fecha 31 de diciembre se publica en el DOF el DECRETO DE ESTÍMULOS FISCALES REGIÓN FRONTERIZA NORTE (RFN), el cual establece un beneficio para los residentes de esta nueva región fiscal.

De acuerdo con este DECRETO, para estar en posibilidades de aplicar este beneficio de reducción de tasa al 8% debemos de cumplir solo con lo siguiente:

• Que la entrega material de bienes o la prestación del servicio se haga en la RFN.
• Presentar aviso de la aplicación del estímulo a más tardar el 31 de enero de 2019.
• Quienes inicien actividades presentarán el aviso junto con su inscripción al RFC.

Sin embargo a lo anterior, la formalidad de los procedimientos de facturación no está dejando aplicar este beneficio, pues tanto los sistemas que se utiliza, así como; la pagina del SAT no permite la aplicación de la tasa del 8%. PROBLEMA DE PROCEDIMIENTO PRACTICO. Cabe mencionar que legalmente SI es factible su aplicación.

Teóricamente las reglas de aplicación de este beneficio se darán a conocer el próximo 7 de enero, estaremos en espera de la aclaración de los procedimientos aplicables que aclaren las situaciones que están entorpeciendo este beneficio.

Sin mas por el momento, estamos a sus ordenes para atender cualquier duda o comentario en relación con el presente.

MSST Consulting SC

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